CONVENIO REGULADOR ENTRE EL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE TEROR Y LA FUNDACIÓN CANARIA CARLOS GUILLERMO DOMÍNGUEZ HERNÁNDEZ PARA CONTRIBUIR AL FOMENTO DE LA CULTURA, ATENDIENDO A LOS VALORES TRANSMITIDOS POR EL AUTOR Y SU OBRA CONTRIBUYENDO AL INCREMENTO DEL DESARROLLO CULTURAL DEL MUNICIPIO. SUBVENCIÓN PREVISTA NOMINATIVAMENTE. PRESUPUESTO MUNICIPAL 2023 REUNIDOS De una parte, Don Sergio Nuez Ramos, mayor de edad, y provisto de Documento Nacional de Identidad número 43.753.936-R, en calidad de Alcalde-Presidente del Ilustre Ayuntamiento de Teror, asistido por el Secretario Accidental, D. Sergio Ramírez Rodríguez Y, de otra parte, Doña Mercedes Domínguez Hernández, mayor de edad, y provista de Documento Nacional de Identidad número 43259626F, en nombre y representación, en su calidad de Presidenta de la Fundación Canaria Carlos Guillermo Domínguez Hernández con CIF G72430895, con dirección a efectos de comunicaciones en Calle San Bernardo, 15, Planta Baja, 35002 en Las Palmas de Gran Canaria. Ambas partes se reconocen mutua y recíprocamente capacidad y legitimación suficientes para suscribir este acuerdo de colaboración, asegurando cada parte que los poderes con que respectivamente actúan no han sido revocados ni limitados, y que son bastantes para obligar a sus representadas en virtud de este acto, y, en esa representación, I.- Que el Ayuntamiento de Teror tiene competencia en materia de actividades culturales y ocupación del tiempo libre, conforme a lo establecido en el art. 11.c de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias. II.- Que la FUNDACIÓN CANARIA CARLOS GUILLERMO DOMÍNGUEZ HERNÁNDEZ es una entidad que tiene por objeto la promoción, fomento, desarrollo, ejecución y financiación de todo tipo de actividades que coadyuven a la difusión y extensión de la cultura, de las artes, de la educación, de la investigación, de la innovación y avance tecnológico, de la acción medioambiental, social y asistencial, y de la ciencia en cualquiera de sus manifestaciones con especial atención al Archipiélago Canario. Teniendo siempre presente, los valores de Carlos Guillermo Domínguez Hernández, hijo de Teror, y de su obra fijados en los fines de la Fundación, en acciones y proyectos concretos dirigidos a los niños y jóvenes, a los que él tanto tiempo y esfuerzo dedicó como pilares de la nueva sociedad, a nuestros mayores, sin cuya experiencia y consejos no sería posible aprender de lo ya vivido y avanzar en el crecimiento mutuo, y al resto de la sociedad, a esa que se esfuerza día a día en construir una Canarias y un mundo mejor, más humano, más sostenible. III. Este Ayuntamiento y dicha Entidad tienen interés en suscribir un convenio administrativo de concesión directa de subvención, según lo establecido en el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuya financiación se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 334-48000 por un importe de OCHO MIL EUROS (8.000 euros) del Presupuesto General de este Ayuntamiento prorrogado para el ejercicio 2023. IV.- La concesión de esta subvención se encuadra en lo establecido en el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. V- Que ambas partes están interesadas en establecer un protocolo de colaboración y, por ello, convienen obligarse de acuerdo con las siguientes: PRIMERA. - OBJETO DEL CONVENIO El presente contrato tiene por objeto regular los términos de la colaboración entre el Ilustre Ayuntamiento Teror y la FUNDACIÓN CANARIA CARLOS GUILLERMO DOMÍNGUEZ HERNÁNDEZ, con el fin de promocionar y fomentar la cultura a través de un proyecto sólido de actividades y acciones destinadas a la formación y desarrollo de las distintas manifestaciones artísticas, así como la regulación de la subvención prevista nominativamente en el Presupuesto General de este Ayuntamiento prorrogado para el ejercicio 2023. SEGUNDA. - FINANCIACIÓN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA. El importe de la subvención del Ayuntamiento se eleva a OCHO MIL EUROS (8.000,00 €), cuya financiación se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 334-48000 del Presupuesto General de este Ayuntamiento prorrogado para el ejercicio 2023. Esta subvención sí es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedente de otras Administraciones o entes públicos o privados, sin bien en ningún caso el importe de los fondos recibidos podrá superar el coste de la actividad subvencionada. TERCERA. - ACTUACIÓN SUBVENCIONADA, PLAZO DE REALIZACIÓN Y JUSTIFICACIÓN. Se subvencionan específicamente gastos derivados de la gestión, actividades y mantenimiento de la Fundación Canaria Carlos Guillermo Domínguez Hernández, estableciéndose un plazo de ejecución y justificación de tres meses, a contar desde la suscripción del presente convenio. No obstante, dicho plazo podrá ampliarse justificadamente, en su caso, en los términos establecidos en la Base 29ª, 11 de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal vigente CUARTA. - OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO Y DEL AYUNTAMIENTO DE TEROR. 1.Constituyen obligaciones del beneficiario, cuyo cumplimiento deberá acreditar: a) No estar incurso en las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiario del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento. b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. c) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto o realizar la actividad subvencionada, y acreditarlo conforme a lo establecido en la estipulación séptima de este convenio. d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones o ayudas finalistas que financien las mismas actividades subvencionadas. e) Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la actividad y de control financiero que pudieran realizar los distintos servicios del Ayuntamiento. f) Realizar las actividades que puedan conformar el proyecto de la Fundación en el municipio sin contraprestación económica alguna para el Ayuntamiento. 2.Constituyen obligaciones del Ayuntamiento de Teror: a)Aportar a la Fundación Canaria Carlos Guillermo Domínguez Hernández una subvención de OCHO MIL QUINIENTOS EUROS (8.000 €) para este ejercicio 2023. QUINTA. - FORMA DE PAGO. El abono de la subvención se realizará mediante pago único, durante el ejercicio 2023, una vez aprobados los presupuestos municipales. Dicha cuantía deberá ser ingresada en la cuenta corriente de la entidad CAJAMAR CAJARURAL ES85 3058 6107 0227 2071 4481 SEXTA. - ÓRGANO GESTOR. Tiene la condición de órgano gestor de esta subvención la Concejalía Delegada de Cultura. Todo trámite relacionado con la actividad subvencionada, con la justificación de la subvención y con la capacidad del beneficiario para solicitar la subvención se sustanciará a través del mencionado órgano gestor para su fiscalización por la Intervención de Fondos de este Ayuntamiento. En particular, el órgano gestor debe recabar toda la documentación relativa a las obligaciones del solicitante de la subvención para ser beneficiario de la misma, indicadas en la estipulación cuarta de este convenio. SÉPTIMA. - JUSTIFICACIÓN. Se deberá presentar al órgano gestor la cuenta justificativa de la ayuda, que comprenderá la siguiente documentación: 1. Memoria justificativa suscrita por el beneficiario o su representante indicativa de las actividades desarrolladas, del cumplimiento de las condiciones impuestas y de los resultados obtenidos. 2. Relación suscrita por el beneficiario o su representante expresiva de la totalidad de los gastos e inversiones derivadas de la actividad, debidamente desglosados y detallados, y a la que se acompañará relación de originales o copia de las facturas y gastos por importe igual o superior al de la subvención otorgada. Las copias de los justificantes o gastos sólo serán admisibles cuando hayan sido debidamente cotejadas por funcionario competente, previo examen y estampillado del original. 3. Declaración suscrita por el beneficiario o su representante relativa a la existencia o inexistencia de otras subvenciones o ayudas que hayan obtenido para la misma finalidad o, en su caso, mención expresa de los otros ingresos o ayudas que hayan financiado la actividad, con indicación de importe o procedencia. La cuenta justificativa se deberá trasladar a la Intervención de Fondos a efectos de fiscalización de la justificación de la actividad subvencionada y de exigencia, en su caso, de su reintegro. OCTAVA. - REINTEGRO. Procederá el reintegro de la subvención conforme a lo dispuesto en el Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. NOVENA. - DURACIÓN DEL CONVENIO. El presente convenio que entrará en vigor al día siguiente de su firma desplegará sus efectos hasta que se haya realizado la actividad subvencionada y justificado su financiación. A los efectos de la actividad subvencionada, tendrá eficacia retroactiva a fecha 1 de enero de 2023. Lo anterior es sin perjuicio de los procedimientos de reintegro o sancionadores a que pudiera haber lugar, y de las obligaciones que como cuentadante incumban al beneficiario, así como del deber de conservación de documentos que le impone la vigente legislación. DÉCIMA. - NATURALEZA DEL CONVENIO Y LEGISLACIÓN APLICABLE. Este Convenio tiene naturaleza jurídico-administrativa. En lo no previsto en este convenio será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, aprobadas por el Pleno de este Ayuntamiento y el resto de legislación de Régimen Local reguladora de subvenciones públicas y de procedimiento administrativo. Las cuestiones litigiosas que surjan en aplicación del presente convenio serán resueltas en vía administrativa por el órgano competente y, en su caso, ante la jurisdicción contencioso-administrativa. En la Villa de Teror a fecha de firma electrónica AYUNTAMIENTO DE TEROR FCCGDH El Alcalde - Presidente El Presidente El Secretario Cód. Validación: 4JSJ7XASZJ45EHGX7Q6GF2ANK Verificación: https://teror.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona